FINANZAS
Efectos derivados de preocupación de lavado de dinero en CI Banco e Intercam

Angel García director ejecutivo Sr. de Instituciones Financieras, Roberto Soto director ejecutivo Sr. de Instituciones Financieras, Oscar Herrera, subdirector de Instituciones Financieras y Jorge Jiménez Analista Sr en la calificadora mexicana HR Ratings, señalan la revisión de la calificación de CI Banco e Intercam, las causas, su importancia relativa en el sistema bancario y el Impacto sobre distintas figuras participantes del sistema financiero mexicano Revisión de calificación
El 26 de junio de 2025, HR Ratings revisó a la baja las calificaciones de Intercam Banco e Intercam Casa de Bolsa de HR AA con Perspectiva Estable y HR1 a HR C- y HR5 con Observación Negativa.
Además, revisó a la baja las calificaciones de CIBanco y CI Casa de Bolsa de HR A+ con Perspectiva Estable y HR2 a HR C- y HR5 con Observación Negativa. Por su parte, las calificaciones de CI Fiduciario y Representante Común fueron revisadas a la baja de HR SF1 con Perspectiva Establa a HR SF3- con Observación Negativa.
Es de señalar que HR C, implica que es de grado de no inversión, el emisor o emisión con esta calificación ofrece alta probabilidad de caer en default en el pago de las obligaciones de deuda.
HR5 señala que está en grado de no inversión, ya que el emisor o emisión ha caído en default o es altamente probable que caiga al vencimiento.
Lo anterior porque el 25 de junio de 2025, el U.S. Department of the Treasury’s Financial Crimes Enforcement Network (FinCEN) llevó a cabo la publicación de una orden para identificar a tres instituciones del sistema financiero mexicano, CIBanco y sus subsidiarias, Intercam Banco y sus subsidiarias, así como Vector Casa de Bolsa y sus subsidiarias como fuentes de preocupación principal en materia de lavado de dinero en relación con el tráfico ilícito de opioides.
Entre las medidas anunciadas por FinCEN destaca que las instituciones financieras en dicho país tienen prohibido realizar transferencias de fondos desde o hacia esas tres entidades mexicanas. Estas prohibiciones entrarán en vigor 21 días después de su publicación.
Ante ello, el 26 de junio de 2025, la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), con fundamento en el artículo 129 de la Ley de Instituciones de Crédito, decretó la intervención gerencial temporal de dos instituciones bancarias, CIBanco e Intercam Banco.
Con el objetivo de sustituir a sus órganos administrativos y a sus representantes legales con el propósito de salvaguardar los derechos de los ahorradores y clientes de dichas instituciones, dadas las implicaciones que en estos bancos puedan tener las medidas anunciadas por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos de América.
Impacto sobre distintas figuras participantes del sistema financiero mexicano
Los analistas precisan la importancia relativa de los bancos intervenidos, señalando que, Al cierre de abril de 2025, el sistema bancario mexicano se compone de un total de 52 instituciones de banca múltiple que presentan en su conjunto un volumen total de activo por 15,303,066 millones de pesos (mp), de captación total por 9,083,175 mp y capital contable por 1,721,714 mp.
CIBanco presenta un volumen de activos por 143,426 mp, captación por 46,125 mp y capital contable por 5,855 mp, representa respectivamente el 0.94 por ciento, 0.51 por ciento y 0.34 por ciento del sistema bancario mexicano, ubicándolo como el banco 21 más grande por volumen de activos.
Por su parte, Intercam Banco presenta un activo total por 92,622m, captación total por 41,493m y capital contable por 12,041m, representa.
Respectivamente el 0.61 por ciento, 0.46 por ciento y 0.70 por ciento del sistema bancario mexicano, ubicándolo como el banco 25 más grande por volumen de activos.
Afectación sobre entidades, instrumentos, fondos de inversión y fideicomisos
A) Entidades públicas, empresas, instituciones financieras bancarias e intermediarios financieros no bancarios. – HR Ratings dará seguimiento a los posibles efectos que dicha situación pudiera tener sobre empresas, instituciones financieras bancarias e intermediarios financieros no bancarios cuyas cuentas bancarias se encuentren en las entidades intervenidas.
El acceso que tengan a las mismas para las transferencias de recursos, la continuidad operativa que permita a empresas la disposición de recursos, así como la disponibilidad de diversos servicios financieros.
B) Instrumentos de deuda estructurada donde la entidad fiduciaria de los bancos afectados es participante. – HR Ratings monitoreará la capacidad operativa de las divisiones fiduciarias y de representación común, en donde se concentra la capacidad de la institución para ofrecer sus servicios y velar por los intereses de los beneficiarios.
Dicha situación se revisaría tomando en cuenta factores de riesgo identificados en función de la eficiencia de las herramientas tecnológicas y su capacidad de reporteo, procedimientos y controles internos para mantener las operaciones en línea con las obligaciones adquiridas, un capital humano capacitado, una estructura organizacional consistente con los fines establecidos y presentar capacidad de instrumentación y ejecución legal.
C) Instrumentos de deuda estructurada donde la cuenta receptora de ingreso o fideicomiso maestro de cobranza se encuentra en alguno de los bancos calificados. – Dado la relevancia de una correcta transmisión de recursos en transacciones estructuradas, HR Ratings revisará que la operatividad de las cuentas relevantes, disponibilidad de estas, así como transferencias en tiempo y forma, sean acorde a las obligaciones y lineamientos determinados.
D) Fondos de inversión. – HR Ratings monitoreará el comportamiento operativo de las Sociedades de Inversión calificados por esta agencia calificadora y administrados por dichas entidades y/o sus subsidiarias, así como la composición de cada uno de los fondos para evaluar algún impacto en la calidad crediticia o de riesgo de mercado de cada uno de ellos.
E) Fideicomisos de inversión en bienes raíces (Fibras). – HR Ratings dará seguimiento al acceso con el que cuenten las Fibras para las transferencias de recursos, la continuidad operativa que permita a empresas la disposición de recursos, así como cumplir con la regulación en términos de las distribuciones obligatorias aplicables a dichos vehículos.