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FINANZAS

¿Y si una persona fallece, qué pasa con el dinero de su Afore?

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¿Y si una persona fallece, qué pasa con el dinero de su Afore?

¿Qué pasa con los recursos que una persona tiene en una Administradora de Fondos para el Retiro(Afore), cuando fallece?¿Los puede reclamar algún familiar?¿Es un trámite burocrático?

Hoy vamos a platicarles lo que debe hacer la familia, ya que el dinero nunca se pierde.

Daniela Verástegui, directora de nuevos negocios de Afore de Banamex, explicó que lo primero que tienen que saber los familiares es que el dinero que tenía la persona que falleció no se pierde.

Los recursos económicos en la cuenta de la Afore pertenecen a los beneficiarios legales, los cuales van desde la esposa o esposo concubino (a), los hijos que se tienen, pero si no están ninguno de los anteriores, entonces correspondería a los padres.

En caso de que no haya ninguno de los anteriores, el siguiente escalón es el de los hermanos.

“El dinero nunca se pierde”, enfatizó.

El dinero no se puede entregar a nadie más

Verástegui dijo que una vez se registra el fallecimiento de la persona, es fundamental informar a la Afore, para que comience todo el proceso legal.

Es requisito indispensable presentar documentos legales, para conocer a los beneficiarios legales, por lo que no hay forma de que los recursos administrados por la Afore se pueda entregar a alguien más

“Es muy importante tener todo en regla”, expresó la experta de Afore Banamex.

Hay que presentar el acta de defunción para notificar a la Afore. Para iniciar la gestión, les van a pedir una serie de requisitos, como el acta de matrimonio, las actas de nacimiento de los hijos.

Todo trámite, siempre debe ser presencial, comenta Verástegui, ya que se tienen que revisar los documentos.

 “El proceso puede llegar a tardar entre tres y seis meses”, explicó.

De esta forma, ese dinero de muchos años de trabajo que estaba en la Afore se puede recuperar y los beneficiarios tendrán derecho.

“Si no van por esos recursos, entonces ese dinero se utiliza para otras cosas, se van al fondo del bienestar”, explicó. Después de los 70 años, esos recursos pueden llegar a ese fondo gubernamental.

¿Qué tipo de pensión me corresponde?

La directiva de Afore Banamex puntualizó que el dinero que estaba en la Afore de la persona que falleció puede solicitarse por medio de una pensión de viudez o por orfandad.

Como el sistema de pensiones se compone de dos esquemas, vamos a explicar en qué consiste cada uno.

Para el caso de la Ley 97, explicó, lo que procede es que con los recursos acmulados en la cuenta individual, se puede adquirir una renta vitalicia en las pensionadoras de las Afores, para poder obtener una pensión por viudez o una por orfandad.

Ahora bien, corresponde al gobierno pagar una pension por viudez, en el caso de la Ley 73. En este caso se otorga una pensión a los hijos de la persona fallecida, siempre y cuando sean menores de edad o hasta los 25 años, cuando comprueben que siguen estudiando.

¿Y si no había testamento?

La directiva de Afore Banamex plantea que un aspecto adicional es conocer si la persona que falleció tenía testamento.

En el caso de que no haya fallecido, es necesario acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) con los documentos que avalan la legalidad, ya sea actas de nacimiento o matrimonio.

En un periodo de 3 a 6 meses, la Profedet emite un juicio testamentario para determinar a quién le corresponde la pensión, para lo cual instruye al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), quien a su vez informa a la Afore, a quien se le tienen que entregar los recursos.

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