FINANZAS
Estímulos fiscales para promover inversiones

El pasado 21 de enero de 2025 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, el DECRETO por el que se otorgan estímulos fiscales para apoyar la estrategia nacional denominada «Plan México», con el fin de fomentar nuevas inversiones que incentiven programas de capacitación dual e impulsen la innovación. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5747410&fecha=21/01/2025#gsc.tab=0
En una nota informativa del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas (CEFP), se indica que los estímulos tendrán vigencia hasta el 30 de septiembre de 2030 y que su principal objetivo es impulsar el proceso de relocalización de empresas en el país, la integración de las empresas nacionales en las cadenas de valor global e incrementar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas (MYPYMES) en los canales de proveeduría nacional y regional.
El monto total de los estímulos fiscales durante la vigencia del decreto será de 30 mil millones de pesos: 28 mil 500 millones de pesos corresponderá a la inversión en bienes nuevos de activo fijo y los restantes 1 mil 500 millones de pesos a la deducción adicional en gastos de capacitación e innovación.
Los beneficios fiscales serán aplicables de 2025 a 2030 y consisten en:
1. La deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo, que se utilicen por primera vez en México, por la cantidad que resulte de aplicar, al monto original de la inversión, los porcentajes que se establecen en el decreto.
No aplica para mobiliario y equipo de oficina, automóviles propulsados con motores de combustión interna, equipo de blindaje de automóviles, o cualquier bien de activo fijo no identificable individualmente, ni tratándose de aviones distintos de los dedicados a la aerofumigación agrícola.
2. Una deducción adicional equivalente al 25 por ciento del incremento en el gasto erogado por concepto de capacitación que reciba cada uno de sus trabajadores activos registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en el ejercicio de que se trate o por los gastos erogados por concepto de innovación.
Se entiende por capacitación aquélla que proporcione conocimientos técnicos o científicos vinculados con la actividad de la empresa. Son gastos de innovación los vinculados con los proyectos de inversión para el desarrollo de la invención, que permita la obtención de patentes y aquellos que se eroguen para obtener certificaciones iniciales que requieran las empresas para su integración a las cadenas de proveedurías local o regional.
Las deducciones fiscales a que se refiere el decreto serán autorizados por el Comité de Evaluación integrado por un representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), uno de Economía (SE) y uno del Consejo Asesor de Desarrollo Económico Regional y Relocalización. Este último solo tendrá voz sin derecho a voto.
Además, para promover su aplicación entre las MIPYMES, como mínimo se destinarán 1 mil millones de pesos para las empresas con ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior de hasta 100 millones de pesos.
De entre los principales sectores beneficiados destacan:
- Industria Automotriz y de transportes.
- Telecomunicaciones.
- Construcción.
- Infraestructura Energética.
- Agroindustria.
- Industria Química y Farmacéutica.
- Minería.
- Industria textil.
- Restaurantes.
- Industria de la computación.
Con el decreto se busca materializar los proyectos de inversión, nacionales e internacionales, que están previstos por las empresas en el contexto de la reconfiguración de las cadenas de valor y proveeduría a nivel internacional.
Además, se busca estimular el desarrollo de capacidades técnicas en la fuerza laboral mexicana e incrementar la competitividad de México en sectores clave como la manufactura, tecnología e infraestructura.
Los incentivos otorgados buscan promover un mayor gasto en inversión productiva, así como la mejora de las capacidades técnicas de los trabajadores asociados a la actividad industrial.