FINANZAS
Trump emite Orden Ejecutiva que afectará envío de remesas y crecimiento económico
El Presidente Donald Trump emitió la Orden Ejecutiva “RESTORING INTEGRITY TO AMERICA’S FINANCIAL SYSTEM”, mediante la cual obliga a bancos a investigar transferencias de migrantes e instruye al Departamento del Tesoro a emitir en los próximos 60 días un aviso formal a las instituciones financieras sobre los riesgos asociados con transferencias transfronterizas de bajo monto, el uso de plataformas de pago entre particulares y Patrones de retiros o depósitos repetitivos en montos pequeños.
“Mi Administración no tolerará riesgos para la seguridad nacional ni la seguridad pública causados por actividades financieras ilícitas transfronterizas, ni permitirá riesgos para nuestro sistema financiero derivados de la concesión de crédito o servicios financieros a la población extranjera inadmisible y removible”.
“Las transferencias transfronterizas de bajo valor se han utilizado para facilitar o cometer financiación del terrorismo, tráfico de narcóticos, trata de personas y otras actividades ilegales. Los análisis de tendencias financieras han descubierto centros de actividad financiera mortal relacionada con el fentanilo en Estados Unidos relacionada con cárteles con sede en México”, señala dentro del texto de la orden ejecutiva, https://www.whitehouse.gov/presidential-actions/2026/05/restoring-integrity-to-americas-financial-system/
En la sección denominada Protección contra el fraude y el abuso, se establece lo siguiente:
(a) Dentro de los 60 días siguientes a la fecha de esta orden, el Secretario del Tesoro emitirá un Aviso formal a las instituciones financieras sobre los riesgos asociados a la explotación del sistema financiero de los Estados Unidos por poblaciones no autorizadas para el trabajo y sus empleadores.
Este Aviso dirá describir señales de alerta y tipologías específicas asociadas con las siguientes categorías de actividad sospechosa:
(i) patrones probatorios de evasión de impuestos sobre nóminas por parte de empleadores o intermediarios laborales, incluyendo el incumplimiento sistemático de retener o remitir impuestos federales sobre empleo para personas no autorizadas para trabajar;
(ii) la utilización de ciertos documentos de identidad extranjera, cuentas de nominados, empresas pantalla o complejas estructuras de «embudo» diseñadas para ocultar la identidad de los propietarios beneficiarios finales u ocultar la verdadera naturaleza de los desembolsos de nómina;
(iii) el uso estratégico de empresas de servicios monetarios no registradas, procesadores de pagos terceros o plataformas peer-to-peer para facilitar pagos salariales «fuera de los libros» destinados a eludir los umbrales de reporte bajo la Ley de Secreto Bancario o las obligaciones fiscales;
(iv) patrones de retiradas o depósitos de efectivo repetitivos y sub umbrales que se correlacionan con ciclos de nómina realizados fuera de los sistemas regulados de procesamiento de nóminas, también conocidos como «estructuración y micro estructuración»;
(v) actividad financiera indicativa de trata de mano de obra o trabajo forzado (según se define en 18 U.S.C. 1589), cuando los ingresos se mezclan con ingresos legítimos de negocios o se transfieren a jurisdicciones extranjeras;
(vi) el uso de un número de identificación fiscal individual (ITIN) para obtener productos de crédito o abrir cuentas de depósito cuando el solicitante carece de estatus migratorio legal verificado.
Aunque un ITIN facilita el cumplimiento fiscal, su uso en lugar de un número de Seguridad Social o un visado válido autorizado para trabajo puede identificarse como un factor de riesgo que requiere una mayor diligencia debida para asegurar que la cuenta no se utilice para facilitar el empleo ilegal de extranjeros no autorizados.
(b) Dentro de los 90 días siguientes a la fecha de esta orden, el Secretario del Tesoro, en consulta con los reguladores financieros federales funcionales correspondientes, propondrá cambios en las regulaciones aplicables de implementación de la Ley de Secreto Bancario para reforzar los requisitos de debida diligencia del cliente basados en riesgos para las instituciones financieras cubiertas. Estos cambios deberían garantizar que:
- las instituciones recopilan y verifican suficiente información de identidad de los clientes para identificar razonablemente a los titulares nominales y beneficiarios de las cuentas con el fin de evaluar riesgos relacionados con la financiación ilícita, la evasión de sanciones, el fraude u otras actividades ilícitas;
- las instituciones mantienen la autoridad, cuando otros indicadores de riesgo o preocupaciones de supervisión, lo justifiquen para obtener información adicional necesaria para resolver preocupaciones materiales de cumplimiento.
Incluyendo información relevante sobre si los titulares de cuentas poseen estatus migratorio legal y autorización de empleo en Estados Unidos cuando dicha información es relevante para evaluar riesgos asociados con fraude, tergiversación de identidad, evasión de sanciones, u otra actividad financiera ilícita, como parte de un programa de debida diligencia basada en riesgos.
(c) En un plazo de 180 días desde la fecha de esta orden, el Secretario del Tesoro y los reguladores financieros federales funcionales correspondientes deberán considerar cambios en las regulaciones aplicables de aplicación de la Ley de Secreto Bancario para reforzar los requisitos de programas de identificación de clientes basados en riesgos para las instituciones financieras cubiertas. Cualquier cambio considerado debe tener en cuenta los riesgos que suponen las tarjetas de identificación consular extranjeras para la integridad del sistema financiero de Estados Unidos.
“Trump anuncia medidas que podrían afectar el envío de remesas a México. Las remesas representan 5 por ciento del consumo en México y 3.5 por ciento del PIB por lo que la medida afectaría severamente a la economía de México”, señala Gabriela Siller, directora de análisis económico financiero en Grupo Financiero Base.
Detalla que las remesas representan 5 por ciento del consumo en México y 3.5 por ciento del PIB por lo que la medida afectaría severamente a la economía de México.
Recuerda que el 28 de noviembre del 2025 se emitió una alerta en donde se solicita a empresas de servicios monetarios detectar, identificar y reportar actividades sospechosas relacionadas con transferencias de fondos transfronterizas que involucren a extranjeros “ilegales”, para prevenir la explotación del sistema financiero por parte de extranjeros indocumentados que buscan mover fondos obtenidos ilícitamente a través de la frontera, incluyendo empleo no autorizado.
Agrega que en EEUU viven aproximadamente 11.5 millones de mexicanos, de los cuales aproximadamente el 35 por ciento tienen estatus migratorio irregular y que se estima que estos migrantes son responsables de cerca del 40 por ciento de las remesas que llegan a México.
De materializarse un bloqueo al envío de remesas por parte de indocumentados, es probable que busquen alternativas para el envío de dinero, pero sería inevitable un desplome de las remesas en dólares entre el 10 y 20 por ciento anual.
“Un desplome de 20 por ciento de las remesas en un año, implicaría una reducción en el PIB de México de 0.7 por ciento. Suponiendo que se aplica a partir de junio, implicaría un freno de 0.35 pp para este año. Si se estimaba que la economía de México crecerá 1 por ciento, el crecimiento estimado sería ahora 0.65 por ciento”.
“Sin embargo, esto dependerá de que tan estricta sea la aplicación de la medida y cuánto afecte a las remesas que llegan a México. La materialización de bloqueo de envío de remesas a México por parte de migrantes con estatus irregular sería una catástrofe para la economía de algunas familias y para el crecimiento de México”, sentenció Siller.
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