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Autoriza CNBV diferir por 4 meses pago de créditos ante pandemia

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La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) emitió los criterios para que las instituciones de crédito puedan diferir los pagos de capital y/o intereses hasta por cuatro meses, de los créditos otorgados a sus clientes afectados por la pandemia de coronavirus.

Los saldos se podrán congelar sin cargo de intereses. Lo anterior, resultará aplicable siempre y cuando el crédito se encuentre clasificado como vigente al 28 de febrero de 2020.

En particular, este apoyo podrá aplicar a los créditos a la vivienda con garantía hipotecaria, créditos revolventes y no revolventes dirigidos a personas físicas, tales como: crédito automotriz, créditos personales, crédito de nómina, tarjeta de crédito y microcrédito.

Así como para los créditos comerciales dirigidos a personas morales o personas físicas con actividad empresarial en sus diferentes modalidades, incluidos los agropecuarios.

Ante la contingencia, este apoyo beneficiará el bienestar de la población acreditada pues les permitirá diferir sus pagos respecto de los créditos al consumo, de vivienda y comerciales.

La CNBV anunció que está trabajando para emitir criterios contables similares para otros sectores del sistema financiero, como el de las Sofipos, Socaps y Uniones de Crédito.

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