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Solo 7% de los mexicanos tiene testamento, notarios

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A escala nacional únicamente el 7 por ciento de la ciudadanía tiene otorgado su testamento y en la Ciudad de México el 20 por ciento, por lo que hace falta trabajo para que una cultura de la prevención avance en la sociedad, consideró Antonio Montes de Oca, presidente del Colegio de Notarios de la CDMX.

En entrevista en #Diálogos En Concreto, Montes de Oca explicó que cualquier ciudadano desde la edad de 16 años ya puede ir otorgando su testamento, “la regla general establece que pueden ejercitar los derechos por sí mismos”.

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Consejos al momento de realizar el testamento

El notario apuntó que el programa “Septiembre Mes del Testamento” tiene 19 años funcionando y es una oportunidad para que las personas hagan su testamento, que digan a qué tiene derechos los herederos, la ventaja es que los honorarios se reducen un 50 por ciento y se amplían los horarios de trabajo, apuntó el presidente del Colegio de Notarios.

“Los honorarios consisten en todos los tramites que tiene que hacerse en CDMX y rondan los 6 mil 800 pesos, pero en septiembre, mes del testamento, se obtiene a un costo de hasta 3 mil 200 pesos”. Aunque aclaró que cada entidad establece sus honorarios.

El notario señala que para que una persona haga su testamento, “la ley exige que el testador tiene que manifestarle al notario de forma clara su voluntad de hacer testamento, tiene que estar bien de sus facultades mentales”, advirtió. 

Montes de Oca informó que desde 2018, el Congreso de la Ciudad de México modificó el Código Fiscal para incluir el tema de jornada notaria en beneficio de inmueble que tenga un precio catastral de un millón 800 mil pesos, lo siguiente aplica todo el año.

El notario apuntó que es el único instrumento legal y seguro para designar a los herederos del patrimonio de una persona. No se requiere tener muchos bienes al momento de realizarlo. La persona que expresa su voluntad decide qué será de su patrimonio e incluso puede nombrar a los tutores de sus hijos en caso de que estos sean menores de edad. Puede hacerse cuantas veces se desee; sólo es válido el último testamento que se haya realizado Puede realizarse desde los 16 años

Es importante señalar que, al hacer testamento, la persona no deja de ser la titular ni deja de disfrutar de sus bienes, simplemente, se trata de una cultura de previsión.

¿Qué se puede heredar?

Se puede heredar todo aquel bien mueble o inmueble: coche, joyas, objetos personales, mascotas, los frutos de una cosecha, el mobiliario de tu casa, y se pueden mencionar de forma individual (en ese caso se llaman legados) o hablar de todos los bienes o derechos que se tengan a título universal es decir sin enlistarlos (en ese caso se llama herencia). Además, puedes también reconocer deudas o perdonarlas.

¿Qué no se hereda?

Lo que no se puede incluir en un testamento son aquellos derechos que son inherentes a la persona como son tu título profesional si eres médico, arquitecto o ingeniero por ejemplo no puedes dejar esa calidad a tus herederos.

También, si eres miembro de una asociación o tienes un cargo de carácter honorario eso no lo puedes transmitir a tus herederos.

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