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Acuerdo de interés público, es para agilizar los trámites: AMLO
Se establecen obras de gobierno como de seguridad nacional
El presidente Andrés Manuel López Obrador afirmó que el Acuerdo que declara de interés público las obras infraestructura, es para agilizar los trámites y rechazó que se trate de un decreto, ya que aclaró que es un acuerdo interno, por lo que criticó las manifestaciones en contra de este documento publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Expuso que se hizo para que “por los trámites burocráticos no se detengan las obras, para darle la certeza a las empresas que están trabajando en las obras”.
Señaló que es un asunto interno, entre dependencias, “por ejemplo de que Medio Ambiente ayude a Comunicaciones y Transportes”, en la conclusión de las obras de infraestructura, como por ejemplo del Tren Maya.
Indicó que no se trata de un asunto de transparencia y culpó al grupo conservador de orquestar una campaña al respecto y criticó el que los medios de comunicación antes callaban sobre estos asuntos y ahora hacen suposiciones “de que es para ocultar información, así son los conservadores”.
Ayer, se publicó en el Diairo Oficial de la Federación el acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a realizar las acciones que se indican, en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional. http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5635985&fecha=22/11/2021
El contenido original del decreto es el siguiente:
Artículo Primero: Se declara de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México asociados a infraestructura de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades energético, puertos, aeropuertos y aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional.
Artículo Segundo: Se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a otorgar la autorización provisional a la presentación y/u obtención de los dictámenes, permisos o licencias necesarias para iniciar los proyectos u obras a que se refiere el artículo anterior, y con ello garantizar su ejecución oportuna, el beneficio social esperado y el ejercicio de los presupuestos autorizados.
La autorización provisional será emitida en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud correspondiente. Transcurrido dicho plazo sin que se emita una autorización provisional expresa, se considerará resuelta en sentido positivo.
Artículo Tercero: La autorización provisional tendrá una vigencia de doce meses, contados a partir de su emisión, periodo en el cual se deberá obtener, conforme a las disposiciones aplicables, la autorización definitiva.
Transitorios
Primero: El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo: Las erogaciones que, en su caso, se generen con motivo de la entrada en vigor del presente Acuerdo, se cubrirán con cargo al presupuesto autorizado a los ejecutores de gasto correspondientes en el ejercicio fiscal de que se trate, por lo que no se autorizarán recursos adicionales para el presente ejercicio fiscal y los subsecuentes.
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