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Propuesta de Morena para renta de inmuebles, ilegal y excesiva: AMPI CDMX

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La Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios Ciudad de México (AMPI) destacó que en cuanto a las modificaciones que pretende realizar el grupo parlamentario de Morena en favor de arrendatarios y contra arrendadores, expresaron diversos puntos de vista.

Al referirse a que el Covid-19 crea inestabilidad de ingresos para pymes, trabajadores informales de bajos ingresos, y contratistas que enfrentan cierres, pérdida de empleos, cancelaciones o postergaciones de proyectos y dificultades económicas, también se está afectando al alquiler.

“Es evidente que esto ha ocasionado atrasos en alquileres e hipotecas de viviendas, pero en ningún momento han representado amenaza alguna de desalojo forzoso, ya que los arrendatarios o acreditados han cobrado con las facilidades necesarias para hacer frente a la situación económica y de acceso a la vivienda”, aclararon.

Propuesta excesiva

Sin embargo, respecto a las “medidas inmediatas que se pretenden tomar para garantizar el derecho a la vivienda” dijeron “son excesivas e ilegales”.

“Los tres conceptos en los que se basa la propuesta tienen el carácter de garantías irrenunciables, pero tienen un límite en cuanto a su interpretación y aplicación, dado que no pueden ser violatorios de otras garantías constitucionales, como el derecho a la seguridad jurídica de arrendadores, y no pueden ser retroactivas en perjuicio de persona alguna, en tratándose de operaciones vigentes y de la situación en que se encuentre la vivienda actualmente”, expresó CDMX

En todo caso, se podrá crear el marco legal para que las autoridades correspondientes legislen sobre cómo deben ser las características de las nuevas viviendas en la Ciudad de México.

Pago de obligación

Agregaron que “las propuestas resultan incongruentes con la exposición de motivos planteada, toda vez que eliminar garantías que la ley establece es violatorio de derechos de terceros, en tratándose del fiador o los medios para garantizar el pago de la renta. Ya que el propio código civil establece en su artículo 2055 un deudor sustituto, para garantizar el pago del arrendamiento”.

Asimismo, pretender establecer límites al monto de garantía para reparaciones del bien arrendadores o para el pago de adeudos, es “ilegal” ya que viola el principio de seguridad jurídica del arrendador y la máxima de la buena voluntad de las partes para contratar, lo que transgrede normas de libre mercado. Luego entonces, pretender establece límites al libre mercado de renta de vivienda y sus condiciones comerciales, lo que es violatorios de la Ley Federal de Competencia Económica.

AMPI CDMX, a través de la misiva firmada por Salvador Sacal Cababie, destacó que “es irrenunciable la garantía de poseer bienes, específicamente una vivienda y, es incuestionable que, para ello, deba formalizarse por escrito el contrato arrendamiento, a fin de evitar abusos de cualquiera de las partes, razón la cual es innecesario establecer que deberá existir el debido proceso para justificar cualquier desalojo, ya que es de explorado derecho que esa garantía ya se encuentra plasmada en nuestra legislación”.

Plazos excesivos

Agregó que pretender que el contrato de arrendamiento sea de al menos por tres (3) años, para darle al inquilino un sentido de posesión de mediano plazo, “pone al arrendatario en desventaja ante la inminente necesidad de migrar por empleo, salud o cambio de estilo de vida. Es pretender obligarlo a mantener el mismo estatus por más tiempo del que él mismo quisiera tener. Eso vuelve a transgredir el espíritu del libre mercado y la máxima de que el contrato debe ceñirse a la suprema voluntad de las partes”.

Dicha modificación al Código Civil en los Artículos relativos al Arrendamiento, violentan los Derechos Humanos plasmados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la Constitución Política de la Ciudad de México en contra de (los) Arrendador(es) ya que por disposición expresa del artículo 2398 los contratos de arrendamiento deben constar por escrito y además desincentiva la inversión privada en la vivienda en renta, al eliminar las garantías de cobro de la renta.

En AMPI Ciudad de México rezamos por la salud y la reactivación económica de todos los que conformamos nuestro gran México y también, igual que las autoridades, por el derecho a una vivienda adecuada, pero esta iniciativa viola el principio de no retroactividad, limita la libertad sobre la propiedad privada, la obligación de vivienda adecuada es del Estado, no de los particulares, la regulación y argumentación sobre caso fortuito o fuerza mayor ya lo contempla la ley sólo hay que hacerlo valer y la existencia de contratos verbales ya también están regulado.

Legalizar lo ilegal

Cabe señalar que desde 2016, el artículo 60 de la Ley de los Derechos Humanos para la CDMX, ya había sido tachada de inconstitucional, ya que virtualmente, se permitía a invasores de predios, paracaidistas, invasores inmobiliarios y delincuencia organizada, se hicieran de predios al amparo de una terminología legal, lo cual, iría en contra de la construcción legal, la renta, y el bien adquirido de manera, legal, tal como lo señaló en su momento el abogado Ignacio Morales Lechuga en un diario de circulación nacional. 

Según otra nota de 2017, varios asambleístas y dependencias gubernamentales alertaron en su momento que al menos, 18 mil 997 predios habían sido invadidos en los últimos cinco años, de los cuales, el mayor número de casos se presentaron en la Alcaldía Cuauhtémoc. 

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