Noticias
Rechaza la Secretaria de Economía, señalamientos de ex presidentes de Concanaco-Servytur
Luego de que la mañana de este lunes ex presidentes de comisiones de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco) acusaron a la Secretaría de Economía de permitir presuntas irregularidades en el organismo empresarial, la Secretaría de Economía salió al paso para rechazar dichas imputaciones.
La dependencia federal, precisó que los señalamientos de los quejosos son falsas y más aún que la Secretaría o su titular hayan incurrido en omisión alguna al tratar las quejas en comento.
En ese sentido, indicó que la Secretaría de Economía recibió el 16 y 17 junio del presente año, vía correo electrónico, las quejas interpuestas por los integrantes de Concanaco , María Eugenia Pérez Fernández, quien se acreditó como vicepresidenta de Enlace con Entidades Federativas y presidenta de la Comisión Electoral, Lorenzo Ysasi Martínez, vicepresidente de Proyectos estratégicos, Juan Herrera Plata y José Pastor Suárez Turnbull, quienes se acreditaron como afiliados.
“En las quejas se solicita a esta Secretaría se realicen las acciones necesarias de conformidad con la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones (LCEC), para efecto de ordenar a las autoridades de la Concanaco que realicen sus actos conforme a derecho, en particular, se solicita: que se otorgue información financiera de dicha confederación, que se ordene que diversos miembros de la Confederación, dejen de realizar supuestas “represalias”, que los quejosos correspondientes sean restituidos en sus cargos de vicepresidentes”, indicó.
La Secretaría de Economía, aclaró que está llevando a cabo un estudio y análisis de las diversas quejas presentadas, cuya respuesta será otorgada a los particulares en los días siguientes.
Indicó que el artículo 4 de la LCEC establece que las confederaciones son instituciones de interés público, autónomas, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
“La Secretaría, al responder las quejas correspondientes, tendrá muy en cuenta el principio legal citado, a saber, que las confederaciones son autónomas y, por lo tanto, en aquellos eventos donde existen conflictos entre sus miembros, serán los propios miembros involucrado quienes deban resolver sus diferencias, salvo que exista una situación ilegal plenamente probada ante la autoridad correspondiente”, explicó.
Agregó que la propia LCEC, en la fracción XI del artículo 16, establece que las cámaras y confederaciones deberán de incorporar en sus estatutos procedimientos para la solución de controversias.
Particularmente, los Estatutos de la Concanaco establecen el procedimiento para la solución de controversias, siendo la Comisión de Vigilancia la autoridad facultada para dictaminar las irregularidades, y la Comisión de Honor y Justicia la facultada para conocer, investigar y dictaminar los hechos, actos u omisiones que se imputen a cualquier integrante de las estructuras de la confederación.
La dependencia que encabeza Tatiana Clouthier, añadió que la semana pasada fue cuando recibió las referidas quejas las cuales ya son revisadas, y serán atendidas en tiempo y forma conforme a las atribuciones conferidas en ley, siempre respetando el principio de autonomía que la norma le otorga a la Concanaco.