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Establecen en SCJN que no sea información reservada la relacionada con las obras prioritarias

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió una suspensión provisional para que no se clasifique como información reservada los datos sobre las obras prioritarias del gobierno federal y negó la suspensión para que la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador pueda adjudicar directamente las obras.

De acuerdo con información difundida en medios, no se trata de que se dio marcha atrás al acuerdo presidencial respecto a establecer como de seguridad nacional las obras prioritarias como el Tren Maya y el aeropuerto internacional Felipe Ángeles, en Santa Lucía, sino que solo se concedió el tema de la reserva de la información.

Se informó que un ministro, sin decir cuál, estableció que «es improcedente la medida cautelar solicitada para suspender las acciones que se indican en el acuerdo impugnado en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México«.

En tanto que se concedió la suspensión solicitada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) para que, de manera inmediata deje de surtir efectos el acuerdo con el que fueron clasificados como de seguridad nacional los proyectos prioritarios del gobierno federal.

“Es procedente la suspensión para que se suspendan todos los efectos y las consecuencias del acuerdo impugnado que deriven en catalogar la información detallada en éste como de interés público y/o seguridad nacional, sin cumplir con los supuestos que las leyes respectivas prevén para ese efecto”, señala el acuerdo.

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