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Aprueban diputados reforma a Ley de Energía Eléctrica
Con el voto mayoritario de Morena, PT y PS fue aprobada ayer en lo general y hoy en lo particular la reforma a la Ley de Energía Eléctrica, después de 16 horas de debate en una sesión con asistencia presencial y a distancia de diputados en la que se discutieron 400 reservas, sin que finalmente se modificara algo de la iniciativa preferente enviada a la Cámara de Diputados por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
En un marco de protestas en el pleno de San Lázaro en contra de la reforma, gritos y debate acalorado, ayer por la tarde fue aprobada en lo general con 304 votos a favor, 179 en contra y 4 abstenciones, se aprobó en lo general cerca de las 18:00 horas.
Cuando se realizaba la votación, el priista Enrique Ochoa Reza preguntó a la presidenta de la Cámara de Diputados, Dulce María Sauri Riancho precisar por que se estaba votando, a lo que le respondió: El nombre de la comisión dictaminadora, el apartado de firmas, lugar y fecha de su suscripción, porque estos son elementos normativos que integran el dictamen.
A las 5:00 horas de hoy, tras la maratónica sesión, se aprobó en lo particular después de haberse presentado 400 reservas de legisladores del PRI, PAN, PRD, MC y Verde quienes sumaron 152 votos en contra, mientras que Morena, PT y PES sumaron 289 a favor del dictamen y se registró una abstención. La reforma aprobada fue enviada al Senado de la República para su análisis, discusión y aprobación o rechazo.
El dictamen refiere que su objetivo es fortalecer a la Empresa Productiva del Estado, como es la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y garantizar la confiabilidad.
El documento, que modifica los artículos 3, 4, 12, 26, 35, 53, 101, 108 y 126 de la citada ley, señala que se pretende garantizar un sistema tarifario de precios que serán actualizados en razón de la inflación mediante la operación de centrales eléctricas reguladas por el Contrato Legado de la CFE y el Contrato de Entrega Física de Energía y Capacidad a la Red.
Modifica el mecanismo del despacho de las centrales eléctricas, para quedar en prioridad: Energía Producida por las Hidroeléctricas, Energía Generada en otras Plantas de la CFE, Energía eólica o solar de particulares y Ciclos Combinados de empresas privadas.
Establece la obligación de que los permisos a que se refiere la Ley de la Industria Eléctrica se encuentran sujetos a los criterios de planeación del Sistema Eléctrico Nacional emitidos por la Secretaría de Energía.
Precisa que el otorgamiento de Certificados de Energías Limpias no dependerá de la propiedad o la fecha de inicio de las operaciones comerciales en las centrales eléctricas.
También elimina la obligatoriedad de comprar por subastas para el Suministrador de Servicios Básicos. Se modifican las definiciones de Central Eléctrica Legada, Contrato de Cobertura Eléctrica y Contrato Legado para el Suministro Básico y se agrega la definición de Contrato de Cobertura Eléctrica con Compromiso de Entrega Física.
En los artículos transitorios del dictamen se establece un plazo máximo de 180 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del decreto, para que tanto la Secretaría de Energía, la Comisión Reguladora de Energía y el Centro Nacional de Control de Energía, dentro del ámbito de su competencia, realicen las modificaciones que sean necesarias a todos los acuerdos, resoluciones, lineamientos, políticas, criterios, manuales y demás instrumentos regulatorios expedidos en materia de energía eléctrica, con el fin de alinearlos a lo previsto en el decreto.
Se indica también que los permisos de autoabastecimiento, con sus modificaciones respectivas, otorgados o tramitados al amparo de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, que continúen surtiendo sus efectos jurídicos, obtenidos en fraude a la ley, deberán ser revocados por la Comisión Reguladora de Energía mediante el procedimiento administrativo correspondiente. En su caso, los permisionarios podrán tramitar un permiso de generación, conforme a lo previsto en la Ley de la Industria Eléctrica.
Además, los Contratos de Compromiso de Capacidad de Generación de Energía Eléctrica y Compraventa de Energía Eléctrica suscritos con productores independientes de energía al amparo de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, deberán ser revisados a fin de garantizar su legalidad y el cumplimiento del requisito de rentabilidad para el Gobierno Federal establecido en los artículos 74, fracción IV, de la Constitución Política, 32 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 18 de la Ley General de Deuda Pública. En su caso, dichos contratos deberán ser renegociados o terminados en forma anticipada.
Cabe recordar que el presidente López Obrador presentó el pasado 1 de febrero la iniciativa preferente para modificar la Ley de la Industria Eléctrica e implementar una Nueva Política Energética y, no incrementar los precios a los usuarios.