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Advierten de costos millonarios por registro de usuarios de telefonía celular

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Recabar más datos como se hará en nuestro país a través del PANAUT, no es la justificación adecuada para el combate a la delincuencia.

La International Chamber of Commerce México (ICC México) externó su preocupación por la reciente reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que fue publicada el 16 de abril en el Diario Oficial de la Federación, al señalar que el dictamen de la iniciativa fue precario y la discusión en el Congreso de la Unión fue limitada.

Además de que la motivación que impulsó la reforma no es idónea, es desproporcional al igual que incorrecta y si bien, se entiende la necesidad e inquietud del gobierno federal para obstaculizar la comisión de delitos de alto impacto que se realizan a través o con ayuda de los equipos de telefonía celular, la experiencia internacional en países que implementaron un registro de datos biométricos no resolvió el problema.

“La solución no será efectiva y, por el contrario, pone en riesgo otros derechos fundamentales de los usuarios de teléfonos móviles presentes y futuros, como es su derecho a la privacidad y a la intimidad, su derecho de acceso a las telecomunicaciones y tecnologías de la información, entre otros».

Incluso, la experiencia mexicana reciente con el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía (RENAUT) ha sido fallida, destacó la International Chamber of Commerce México.

En ese sentido, señaló que recabar más datos como se hará en nuestro país a través del PANAUT, no es la justificación adecuada para el combate a la delincuencia. El fondo del asunto es una cuestión de idoneidad, proporcionalidad y de efectividad en la persecución del delito, agregó.

Recordó que el pasado 31 de mayo finalizó el plazo para que las personas físicas y morales que estuvieran en desacuerdo de proporcionar sus datos, promovieron un amparo. Sin embargo, quienes no lo hicieron, aún tendrán una segunda oportunidad de 15 días hábiles para impugnar el PANAUT, cuando ocurra el primer acto de aplicación en su perjuicio.

Además de que la creación de dicho padrón, causa un enorme dispendio de recursos públicos porque, además de su creación y mantenimiento, en un padrón aproximado de 126 millones de usuarios de teléfonos celulares, es previsible que una cantidad relevante acuda al juicio de amparo y, con ello, se recargue la tarea jurisdiccional que -de por sí- tiene una importante carga para resolver éste y otros temas de trascendencia nacional.

Dejará en la indefensión al ciudadano que no desee entregar sus datos porque carecerá de conexión desde su dispositivo móvil, que le impedirá acceder a servicios bancarios, de salud, educación, trabajo y otros, además de los servicios propios de telecomunicaciones.


“Las empresas concesionarias de telecomunicaciones de servicios móviles van a tener que disponer de sus propios recursos para cumplir con la obligación de recabar esta información, con todas las medidas de seguridad que se requieren para datos biométricos, lo cual implica un nivel muy alto para evitar la fuga de información”, concluyó.

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